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"No se puede vender órganos, está penado por la Ley": médico especialista le pone un freno a la idea de Sheila 

El doctor Claudio Merlo, director del Centro Especializado de Hemoterapia del hospital Perrando, fue categórico al referirse a la legalidad de la comercialización de partes del cuerpo humano en la Argentina.





El médico especialista Claudio Merlo, director del Centro Especializado de Hemoterapia del hospital Perrando, dialogó este lunes con Alerta Urbana y fue categórico al referirse a la legalidad de la comercialización de partes del cuerpo humano en Argentina.

Las palabras del doctor pusieron blanco sobre negro al ser consultado sobre el caso de una oyente de este medio, Sheila Aimara, de Presidencia Roque Sáenz Peña, que hoy manifestó al airesu intención de vender uno de sus riñones para poder adquirir una vivienda.

"No se puede vender órganos, está penado por la Ley", remarcó Merlo, quien enfatizó en que la legislación nacional prohíbe estrictamente la venta de cualquier componente corporal, ya sea un órgano o un tejido.

El médico insistió en que la comercialización de órganos está penada por ley por lo que le puso un freno a la idea de Aimara de pretender vender su riñón. "No, no se puede; está penado, no se puede vender", resaltó.

En cuanto a la venta de sangre, también indicó que la prohibición se extiende a los tejidos y ya que la "sangre es un tejido vivo, tampoco se puede vender".

Merlo agregó que la venta de órganos es una práctica prohibida no solo en Argentina, sino que es poco probable que se permita "en ninguna parte del mundo".

Qué dice la Ley

En la Argentina la donación de órganos es voluntaria y gratuita, y la legislación argentina prohíbe expresamente su comercialización. Así lo señala la Ley 27.447 de trasplante de órganos, tejidos y células, y lo ratificó también en un comunicado el Instituto Nacional Central Único Coordinador de Ablación e Implante (Incucai).

"La legislación argentina, como en todos los países del mundo en que se desarrollan trasplantes, regula minuciosamente toda la actividad de donación y trasplante, de tal manera de ofrecer una garantía de transparencia y trazabilidad de todos los procesos, generando la confianza de la sociedad", señalaron desde el Incucai consultados por el sitio chequeado.com

"Las políticas sanitarias, a través del sistema de donación y trasplante, garantizan la equidad en el acceso al trasplante para toda persona que lo necesite, independientemente de su condición social o económica", agregaron desde el organismo.

La Ley 27.447 establece que queda prohibido cualquier transplante "cuando no se respeten los principios de voluntariedad, altruismo o gratuidad", o cuando se de una "contraprestación u otro beneficio por la donación de órganos, tejidos o células o intermediación con fines de lucro y la realización de cualquier actividad vinculada a esta ley sin respetar el principio de confidencialidad".