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Afuera el bozal legal contra Alerta Urbana por el Hogar Niño Jesús de Charata

En un fallo trascendental para la libertad de prensa, la Cámara de Apelaciones en lo Civil, Comercial y del Trabajo de la IV Circunscripción Judicial resolvió levantar la medida cautelar que impedía a Alerta Urbana informar sobre el Espacio Convivencial Alternativo (ECA) Niño Jesús de Charata.

La decisión judicial responde a la apelación presentada por Gustavo Olivello contra una resolución previa que acogía el pedido de la Asesora de Niñas, Niños y Adolescentes Nº1, Claudia Teresa Soria, de censurar las publicaciones del medio.

La Cámara de Apelaciones fue contundente al señalar que no se evidencian tratos humillantes o denigrantes en las publicaciones, como había afirmado la Asesora de Menores. El tribunal destacó que el medio ejerció su labor periodística sin vulnerar los derechos de ningún niño, niña o adolescente, ya que no se expusieron nombres ni imágenes de menores.

Además, la Cámara subrayó el interés público de la información difundida por Alerta Urbana, al tratarse de un asunto que "perjudicaría a un universo de potenciales ciudadanos".

En su resolución, la Cámara confirmó el carácter preventivo de la medida cautelar original, pero aclaró que esto no justifica la restricción a la libertad de expresión cuando la información se proporciona de manera correcta y sin exponer a los menores.

De esta manera, la información publicada se mantiene en nuestro portal y no será borrada, como pretendía la Asesora, ya que no se ha demostrado que afecte los derechos de la infancia.

Este fallo sienta un importante precedente en la defensa del derecho a la información y la libertad de prensa, al tiempo que reafirma la necesidad de proteger los derechos de los niños, niñas y adolescentes, logrando un equilibrio entre ambos principios.